Por: Dr. Adrián Román Hernández
Pese a la gran polémica generada por la reforma misma y si usted tomó o no la decisión de ir a votar es importante saber que se van a seguir las siguientes etapas:
1. Cómputo y publicación de resultados: Una vez que se cierra la votación, se inicia el conteo de los votos como cualquier votación “política”. Sin embargo, la crítica que se ha sostenido es que el conteo de votos no lo realizará de manera directa cada funcionario de casilla en el sentido tradicional de asignar votos por candidato, sino que se lleva a cabo mediante un sistema de cómputos en cadena. Le explico, los funcionarios designados en cada casilla serán responsables de extraer, clasificar y contar la totalidad de las boletas depositadas. Los resultados parciales, expresados en actas por casilla, posteriormente serán trasladados a los Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral (INE). Allí es donde se realizará la sumatoria definitiva de las boletas, sin mostrar el desglose de votos para cada candidatura, lo cual garantiza que el proceso se mantenga neutral y se verifique el cumplimiento de requisitos de elegibilidad y paridad establecidos en la ley. Los Consejos Distritales lo realizarán aproximadamente entre el 1 y el 10 de junio de este año. Finalmente, la sumatoria total y formal de los sufragios se da a conocer en el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) el 15 de junio de 2025.
2. Periodo de impugnación, como todo proceso electoral, incluye la posibilidad de que los candidatos impugnen los resultados. Los interesados podrán presentar medios de impugnación o recursos en caso de detectar irregularidades. Estos mecanismos deberán ser analizados y resueltos a más tardar el 28 de agosto de 20253.
3. Toma de protesta e inicio de funciones, una vez concluidos los cómputos y resueltas las impugnaciones, las personas electas –que incluyen ministros de la Suprema Corte, magistrados de los tribunales colegiados (tanto del Tribunal Electoral como del Tribunal de Disciplina Judicial) y jueces de distrito deben tomar protesta. En concreto, la toma de protesta se realizará ante el Senado de la República el 1 de septiembre de 2025.
Posteriormente, el órgano de administración judicial adscribirá a cada funcionario a la instancia que le corresponda, de manera que la incorporación y el inicio formal de funciones se completará a más tardar el 15 de septiembre de 2025. Esto marcará el comienzo del funcionamiento de la nueva Suprema Corte, del Tribunal de Disciplina Judicial, de los tribunales colegiados y de los jueces de distrito.
Lo importante, además de lo anterior con la nueva conformación, la suprema corte de justicia de la nación, seguramente iniciará una nueva época en la jurisprudencia, de la cual no sabremos cuál sea el nuevo perfil de criterios que aplicará. Lo cierto es que, si realizan un cambio en sus criterios, deberán dejar sin efecto las jurisprudencias previamente establecidas. Eso quizás no es una buena noticia, puesto que podría afectarse la certeza jurídica, al momento de resolver los juicios, no solamente en trámite, sino los que sigan.
Otro aspecto importante es que la mitad del poder judicial nuevo convivirá con el anterior hasta la siguiente elección federal del 2027, lo cual seguramente generará tensiones en su interior. También es importante que el personal de carrera judicial que resulta el pilar fundamental del poder judicial y quienes ya no podrán aspirar a jueces y magistrados posiblemente tendrán tensiones con los nuevos titulares, veremos como dichas cuestiones, podrán afectar al normal funcionamiento de dichos tribunales. El rezago del poder judicial es un tema fundamental que tendrán que resolver los nuevos titulares.
Conclusión, el proceso de elección extraordinaria generará seguramente nuevos retos para la administración de justicia, lo cierto es que no necesariamente para la certeza jurídica de las personas, que es lo que se supone motivó la reforma, CARPE DIEM.