Una Sala Especializada Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sancionó al magistrado presidente del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Morelos, Guillermo Arroyo Cruz por realizar la promoción de dos candidatas (en sus redes sociales) que pretendían ser jueces de distrito, ambas también deberán pagar una multa.
La sentencia considerada interesante, debido a que se analiza como los funcionarios están obligados a saber manejar sus redes sociales; porque deben entender que sus perfiles al ser funcionarios y compartir en redes dentro de sus horarios los hace responsables de lo que se publica a pesar de que haya alguien que les maneje la cuenta.
El pasado cuatro de abril, Gonzalo Vilchis presentó una queja por la presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad en la contienda, atribuibles a Guillermo Arroyo, magistrado presidente del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, derivado de diversas publicaciones realizadas en su perfil de Facebook que, desde el punto de vista del denunciante, se posicionó en favor de las candidatas Frida Fernanda López Hernández y Fany Lorena Jiménez Aguirre que participaron en el proceso electoral extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial.
Tras un análisis e investigación aunque Guillermo Arroyo presentó una persona que le manejaba su cuenta la autoridad consideró que esa persona no era funcionario, no tenía un contrato no recibía remuneración por ese trabajo por lo que la eximió de toda responsabilidad y aun con ello aclaró que los responsables de las redes son los titulares de las mismas.
De tal manera, la autoridad judicial determinó que hubo varias publicaciones para promocionar a las candidatas aunque fueron reposteos al tratarse de un funcionario público, hacerlo en su hora laborar, ser el titular de la cuenta y hacerlo durante la campaña electoral; lo hizo acreedor a una sanción la cual consistió en darle vista al órgano interno de control del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) para que determine la multa, al considerar también que se utilizaron recursos públicos.
La sala determinó imponer sanciones a las candidatas “ante la norma transgredida, se estima que lo procedente es imponer a Fany Jiménez una multa consistente en una multa cinco mil 657 pesos.
Mientras, a Frida López la sanción equivalente es de dos mil 828 pesos con 50 centavos.
La sentencia se pide se regístrese en el Catálogo de Sujetos Sancionados (partidos políticos y personas sancionadas) en los «Procedimientos Especiales Sancionadores».